El presente documento se establece en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Estatutaria 1751 de 2015, la Ley 23 de 1981, la Resolución 4343 de 2012, la Resolución 3100 de 2019 y demás normas que regulan los derechos y deberes de los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia.
DERECHOS DEL PACIENTE
1. Accesibilidad: el acceso a los servicios se garantiza de forma equitativa, sin barreras físicas, económicas o administrativas, con ajustes razonables cuando se requiera.
2. Atención digna y oportuna: los usuarios son tratados con respeto, cortesía y consideración, sin ningún tipo de discriminación evitando demoras injustificadas.
3. Información clara: los usuarios reciben información comprensible, veraz y oportuna sobre los servicios, procedimientos, costos y resultados esperados de su atención.
4. Confidencialidad: la información personal y clínica se maneja con reserva y solo se utiliza para los fines propios de la atención en salud, conforme a la ley.
5. Presentar PQRSF: los usuarios pueden presentar peticiones, quejas o reclamos, sugerencias o felicitaciones y reciben respuesta clara, oportuna y orientada a su resolución.
6. Otorgar o negar: el consentimiento informado para los procedimientos diagnósticos o terapéuticos, salvo las excepciones previstas por la ley.
7. Participación en las decisiones: los usuarios participan activamente en las decisiones relacionadas con su atención, incluyendo la aceptación o rechazo de procedimientos, previa información clara y suficiente.
8. Continuidad de la atención: los usuarios reciben orientación y seguimiento durante todo su proceso de atención, evitando interrupciones injustificadas y garantizando la continuidad del cuidado.
DEBERES DEL PACIENTE
1. Cuidar su salud y la de los demás: adoptar hábitos saludables y cumplir las recomendaciones médicas. Nadie puede cuidar mejor su salud que usted mismo.
2. Suministrar información veraz y completa: informar antecedentes, síntomas y tratamientos de forma honesta. Ocultar datos pone en riesgo su vida.
3. Cumplir normas y protocolos institucionales: respetar horarios, procesos, señalización y medidas de seguridad.
4. Tratar con respeto al personal de salud y a otros pacientes: el buen trato no es opcional, es una obligación mutua.
5. Usar adecuadamente los servicios de salud: evitar el uso innecesario o irresponsable de los recursos. El sistema es de todos.
6. Firmar los consentimientos informados: cuando aplique, luego de recibir la explicación correspondiente.
7. Cuidar las instalaciones y equipos: el daño a la infraestructura afecta a toda la comunidad.
8. Cumplir los compromisos adquiridos: asistir a citas, cancelar oportunamente la cita si no puede acudir y seguir el plan de manejo indicado.
9. Cumplir con los compromisos económicos: los usuarios deben cumplir con sus pagos, seguros u otros compromisos relacionados con el servicio recibido.
Canales de atención al usuario
Los usuarios pueden presentar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias o felicitaciones a través de:
• Correo electrónico: servicioalcliente@reyvelt.com
• Teléfono: 3133239499
• Dirección de atención:
– Sede Polo Dirección: KR. 24 # 83-33
– Sede Américas Dirección: Carrera 60 N° 11-14 C.c. New Port Local 4 y5
• Buzón físico de sugerencias en la institución
• Horario de atención: lunes a viernes de 7 AM a 4 PM y sábados de 7 AM a 11 AM
Compromiso institucional:
Reyvelt Medicina Especializada S.A.S. reafirma su compromiso con la prestación de servicios de salud seguros, humanizados y de calidad, promoviendo el respeto por los derechos de los usuarios y el cumplimiento de sus deberes dentro del proceso de atención.
Fecha de actualización: marzo de 2026
Versión del documento: 02
Responsable del documento:
Área de Calidad y Seguridad del Paciente